Empleo Cero

Ofertas de empleo, trabajo, cursos y formación.

¿Qué trabajo estás buscando?

 
Ej. Enfermero en Barcelona

Cómo solicitar la ayuda de 420 euros

 Escrito en: Empleo

Si has agotado tu prestación por desempleo puedes pasar a solicitar la ayuda de 420 euros. El gobierno ha vuelto a prorrogar  el programa PRODI (la ayuda de 426 euros) para aquellas personas que han agotado su ayuda del paro, y no han encontrado empleo.

Pero ahora han cambiado los requisitos para pedirla, y los han hecho mucho más duros. A cambio, el gobierno quiere que l@s parad@s se comprometan a buscar trabajo y aceptar formación. Aquí, en empleocero, encontrarás toda la información necesaria para cobrarla.

ayuda 420 euros

Requisitos para solicitar la ayuda de 420 euros

La pueden pedir todas aquellas personas que, todo y tener derecho a recibir paro, lo hayan agotado.

  • Aquellas personas menores de 30 años y mayores de 45. Sólo los que tengan una edad entre estas dos, y tengan hijos o familiares a su cargo, podrán solicitarlo.
  • Ni las personas que han agotado el paro, ni su núcleo familiar, no debe tener ninguna renta, ni sueldos que sean superiores al 75% del sueldo mínimo interprofesional. (600 €)
  • Firmar un compromiso a participar en programas de inserción laboral que dispone las diferentes autonomías.
  • Suscribir el compromiso de actividad y adquirir el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral que se determine por el Servicio Público de Empleo correspondiente de la Comunidad Autónoma.
  • Carecer de ingresos propios superiores a 474,98 euros mensuales en 2010.
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 474,98 euros mensuales en 2010. Por unidad familiar se entenderá: Usted, su cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.

Donde acudir para pedirla?

A cualquier oficina de empleo público, ya sea de la administración estatal o autonómica.

Cómo solicitar la ayuda de 420 euros?

  • Antes de acabarse tu paro, te llegará una carta de la administración informándote de la posibilidad de recibir esta ayuda.
  • Una vez se haya acabado tu paro, tienes 60 días exactos para pedir la ayuda de los 426 euros)
  • Lo debes pedir en una oficina de empleo de tu Comunidad autónoma o de la administración estatal.

Y poca cosa más, recuerda, que el compromiso del gobierno es que dure un mínimo de 6 meses. Todo y que la ha prorrogado dos veces ya, y lo piensa hacer mientras el paro en España sea mayor de un 17% de la población activa.

¿Por qué no puedo recibir la ayuda de 420 euros?

Es posible que se te sea rechazada si se cumple cualquiera de los siguientes motivos. No podrán beneficiarse del programa aquellos trabajadores:

  • Que agoten un subsidio para mayores de 52 años
  • Los que tengan la condición de fijos-discontinuos que agoten la prestación por desempleo o subsidio durante los periodos de inactividad productiva.
  • Que agoten la prestación por desempleo o subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
  • Que agoten el subsidio agrario, la renta agraria o la Renta Activa de Inserción.
  • Que hayan sido beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria del Programa Temporal con anterioridad.

Documentación necesaria para solicitar la ayuda de 420 euros

Para solicitar la ayuda de 420 debes presentar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud, en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Deberá entregar original y 2 copias de dicho modelo.
  • A efectos de exhibición para su verificación, documentos de identificación del solicitante y, en su caso, de los miembros de la unidad familiar:
    • Si es español: Documento Nacional de Identidad (DNI).
    • Si es extranjero residente legalmente en España: Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), con el Número de Identidad de Extranjeros (NIE) o si es nacional de un país perteneciente a la Unión Europea/Espacio Económico Europeo, documento identificativo en su país de origen y el NIE.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) podrá requerir documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

Desde EmpleoCero os recomendamos seguir nuestros consejos para encontrar trabajo , y visitar los diferentes portales y webs privadas que ofrecen ofertas de trabajo y ir seguiendo nuestras ofertas que cada día vamos renovando.

Enlace  | Web del Ministerio en Redtrabaja

Entradas relacionadas:





7 comentarios de “Cómo solicitar la ayuda de 420 euros”

  1. Guillem Baches   Reply | Quote
    11:52 on septiembre 1st, 2010 -

    RT @empleocero: Cómo solicitar la ayuda de 420 euros http://bit.ly/duKgMi

  2. Rachel BenzMorgan   Reply | Quote
    11:57 on septiembre 1st, 2010 -

    RT @guillembaches: RT @empleocero: Cómo solicitar la ayuda de 420 euros http://bit.ly/duKgMi

  3. ali   Reply | Quote
    12:06 on enero 7th, 2011 -

    no cobro nada me se ha terminado todo

  4. Rod Infante   Reply | Quote
    14:26 on noviembre 27th, 2011 -

    Me parece de país sin bienestar real el que alguien que no tiene rentas ni trabaje no perciba una ayuda,aunque sea de trescientos euros.Cuando se me acabe la renta de inserción 3 tendré 52 años pero seguro que no me coresponde nada.

  1. 3 Trackback(s)

  2. sep 3, 2010: Ayuda 420 para parados
  3. sep 3, 2010: Requisitos para solicitar la ayuda 420 euros
  4. oct 4, 2010: Crisis económica, va a ir a peor?

Deja un comentario